SLC22-W6/ DERECHO LABORAL
Saludos para todos los participantes de este curso de Derecho. En esta oportunidad los profesores @elider11 y @anasuleidy nos presentan el tema del Derecho Laboral.
Parte I:
De acuerdo con lo visto en clase, diga si en su país el Trabajo además de un derecho es considerado un "Deber" y si en consecuencia existe alguna sanción legal para quienes no cumplan con ese deber.
En mi país, Venezuela, el trabajo se considera un derecho fundamental y un deber social, así lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 87 y 89.
Derecho:
El estado Venezolano ha establecido mecanismos judiciales para garantizar la protección de las fuentes de trabajo y de los trabajadores. Cada año el ejecutivo nacional firma un decreto de Inamovilidad Laboral donde se establece que ningún patrono podrá despedir, desmejorar o trasladar un trabajador sin justa causa.
Este año 2025 el Decreto de Inamovilidad Laboral se encuentra publicado en la Gaceta Oficial N° 6.868 de fecha 27 de diciembre 2024.
El incumplimiento del decreto genera sanciones para los patronos, siempre y cuando el trabajador ejerza el derecho de solicitar una medida de restitución de derechos infringidos ante la institución competente en esta materia, como lo es la Inspectoría del Trabajo.
Ahora, en cuanto al Deber es el estado el que garantizarle a los ciudadanos la búsqueda de un empleo, en la actualidad no existe ese mecanismo. Hace muchos años atrás existían las agencias de empleo las cuales eran administradas por el Ministerio del Trabajo, pero ya no funcionan.
En este punto existe un vacío que afecta sobre todo a los jóvenes que tienen una profesión u oficio y están en búsqueda del primer empleo.
Diga que ley en su país se encarga de proteger los derechos laborales o derechos de trabajo y que opina usted respecto a esa ley.
La ley que se encarga de proteger los derechos laborales en mi país, es la Ley Orgánica del Trabajo, los trabajadores y las trabajadoras (LOTTT).
Esta ley fue sancionada en el año 2012 tras la derogación del la Ley Orgánica del Trabajo (LOT) de 1997.
Con ella se materializa lo consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela cuando se refiere al trabajo como un hecho social (primeras líneas del artículo 89 CRBV).
Es con esta Ley que el estado puede garantizar la estabilidad laboral, la protección de la fuente de empleo, la inamovilidad laboral, la protección a las mujeres en estado de gravidez, al padre trabajador, proteger a los trabajadores del acoso laboral, se incorpora un nuevo régimen para el derecho a prestaciones sociales, estableciendo un lapso de 10 años para su prescripción, se regulan las relaciones entre trabajador y el patrono en forma equilibrada al disponer el procedimiento de calificación de despido.
A la LOTTT se le llama la ley de leyes, porque transformó ampliamente el derecho laboral en Venezuela.
La LOTTT convirtió las Inspectorias del Trabajo en lo que pudiere llamarse Tribunales de sede Administrativa, puesto que dentro de esas instituciones se llevan a cabo procedimientos muy parecido a los de la vía judicial. Otorgando a las partes la oportunidad de promover y evacuar pruebas para demostrar la verdad y dándole al inspector del trabajo la autoridad para emitir decisiones por medio de providencias administrativas. (En tribunales se llamarían sentencias).
En mi opinión es una ley muy completa y que a su vez abarca ampliamente los derechos laborales y sociales de los trabajadores y las trabajadoras de todo el territorio nacional, incluyendo a las trabajadoras domésticas y del campo.
Parte II
-. De acuerdo con lo visto en clase diga que instituciones se encargan o son competentes para hacer valer los derechos del trabajo.
En mi país el Derecho Laboral es administrado por 2 vías.
- Vía Judicial, la cual está compuesta por los Tribunales en materia laboral, cada estado cuenta con tribunales que conocen sobre la materia laboral, con el fin de poder brindar atención a los ciudadanos que tengan alguna controversia en materia de trabajo.
- Vía administrativa, Ministerio del Trabajo, el cual administra las Inspectorías y Sub- Inspectorías del trabajo. Las cuales están disponibles en la mayor parte del territorio nacional y son los entes que se encargan de defender los derechos laborales en primera línea.
Lo que no se puede resolver en sede administrativa pasa a la vía judicial, (Tribunales Laborables).
-. Diga si usted a tenido una experiencia en el ámbito laboral en la cual sea aplicable el reclamo o violación de algún derecho del trabajo o derecho laboral.
Cuando se sancionó la LOTTT hubo un proceso de adaptación en cuanto al trato que le daba el patrón a las mujeres en el trabajo, recuerdo que mi esposa trabajaba en una empresa cuando aún estaba vigente la LOT y cada 3 meses la empresa la enviaba a la clínica a hacerse prueba de embarazo.
Resulta que si una empleada estaba embarazada, la despedían. Esta situación era bastante estresante, es decir; la mujer no podía formar su familia mientras trabajara allí.
Tras la puesta en vigencia la LOTTT se regularizó este acto discriminatorio, porque en la Ley se creó un Título exclusivo a la protección de la Familia en el Proceso Social de trabajo, donde se le otorga fuero especial a la mujer en estado de gravidez, desde el momento en que está embarazada hasta 2 años después de su nacimiento.
Licencia de paternidad a los padres tras el nacimiento de un hijo y fuero paternal.
Se prohíbe la exigencia de exámenes médicos a las mujeres aspirantes a trabajo, ni otro igual con el fin de determinar un embarazo. Art. 332 LOTTT.
Desde este momento en la empresa donde trabajaba mi esposa se dejaron de exigir exámenes médicos.
Parte III
Caso Práctico 1.
Una empresa tiene la necesidad de dos choferes pero la situación económica de la empresa, ha venido desmejorando y necesitan reducir los costos operativos incluyendo los pagos de sus trabajadores.
Así que deciden contratar dos personas que se van a desempeñar como "choferes" de camiones pero que en el contrato se establece como que son "personal de limpieza" esto a razón de justificar el bajo salario que recibirán.
Así mismo se establece, acuerdan y los trabajadores así lo aceptan, en el contrato que una vez terminada la relación de trabajo, no van a recibir, ni reclamar dinero por concepto de prestaciones sociales o liquidación. Tanto la parte patronal como los 2 trabajadores firman los contratos aceptando las condiciones antes descritas.
1.- De acuerdo a lo visto en clase, y si usted fuera un abogado que le tocase atender a estos trabajadores, que principios de los explicados en clase, aplicaría al presente caso.
En primera instancia se aplicaría lo siguientes principios establecidos en el artículo 18 de la LOTTT:
1 Prevalece el principio 3, de la realidad sobre las formas o apariencias. Cuando el patrono pacta con los trabajadores bajo un contrato, que su cargo será de limpieza, siendo la realidad que son choferes, se pone en marcha este principio y se tomará como real el cargo de chófer.
2 Prevalece el principio 4, la irrenunciabilidad de los derechos laborales, porque aún existiendo un contrato donde se expresa que el trabajador no va a recibir preparaciones sociales ni reclamar, este pacto se considera nulo.
Por lo tanto como abogado se puede reclamar el pago de las prestaciones sociales y ajustar el salario devengado por los trabajadores, a lo que cobra realmente un Chófer de Camión.
Caso Práctico 2.
Un trabajador tiene 15 años trabajando en una empresa pero la relación con el jefe ha venido empeorando por asuntos personales entre estos y el jefe un día decide despedirlo, alegando que es su empresa y que él allí admite a quien quiere, sin más que agregar el trabajador decide buscar asesoría.
1.- De acuerdo a los visto en clase y de acuerdo a las leyes de su país, diga a qué institución debe acudir este trabajador y que acciones debe ejercer para restituir su derecho.
Cómo abogado el primer paso sería acudir con el trabajador a la sede de la inspectoría del trabajo que esté dentro de la jurisdicción donde el trabajador prestó el servicio, e introducir un escrito de solicitud de reenganche y pago se salarios caídos, dicho escroto debe consignarse antes de cumplirse 30 días de haber ocurrido el despido.
El escrito debe contener lo contemplados en el artículo 425 de la LOTTT.
Se le indica al trabajador que no puede firmar liquidación por pago de prestaciones sociales, mucho menos carta de renuncia, (estrategias aplicadas por algunos patronos para hacer caer el procedimiento, ya que si esto ocurre el procedimiento de Reenganche y pago de salarios caídos es improcedente.
2.- Diga porque considera que esa institución o ente es competente para conocer de ese asunto.
Las Inspectorías del trabajo o sub inspectorías, son las competentes porque son las encargadas de buscar la conciliación en sede administrativa, en cuanto al procedimiento de Reenganche y pago de salarios caídos.
Los tribunales no conocerán asuntos de procedimientos laborales sin antes agotarse la vía administrativa. Salvo los amparos constitucionales, conflictos colectivos, entre otros que sean sobre cuestiones de derecho.
Gracias a todos por si atención.
Invito a participar en esta clase a @joshdavid @mayzapata2010 @pandora2010.
Todas las fotografías fueron tomadas con mí Smartphone Huawei Dub-Al00.
Upvoted! Thank you for supporting witness @jswit.
Hola amigo espero estes bien, su participacion me parece realmente buena, el derecho al trabajo es realmente importante, es bueno que conforme ha pasado el tiempo se les ha podido dar oportunidad a todo aquel que quiera trabajar, muchos exitos y bendiciones.
Gracias por pasar a ver mi contenido en interesarte en este tema. Es muy bueno que los jóvenes aprendan sobre el derecho laboral.