Derechos de Transmisión de la Copa Mundo de Fútbol

in #fifaworldcup6 years ago (edited)

El Deporte y la Televisión se han fusionado en la era del espectáculo, el uno no puede vivir sin el otro, por una parte el deporte se beneficia económicamente al permitir la radiodifusión de distintos eventos, y por la otra la televisión y otros organismos de radiodifusión obtienen cuantiosas ganancias por concepto de publicidad y explotación comercial. Esto es tan cierto que incluso del total de ingresos obtenidos durante el mundial de Sudáfrica en el año 2010 (3700 Millones de USD) alrededor de 2400 millones de dólares fueron obtenidos por la FIFA por concepto de venta de licencias de Derechos de Radiodifusión.
Sin embargo, esto nos lleva a preguntarnos: ¿Cómo funciona jurídicamente este negocio? La mayoría de personas solamente prestan atención al mundo deportivo por el espectáculo y las pasiones que desata, pero desde el punto de vista jurídico tambien resulta bastante interesante.
La FIFA (Fédération Internationale de Football Association), a través de su departamento de ventas y distribución negocia directamente y a través de procesos de licitación con los organismos de radiodifusión en todo el mundo las licencias para la retransmisión de eventos deportivos organizados por dicha entidad, es decir, la Copa Mundial de Fútbol y la Copa Confederaciones; FIFA TV, resulta ser el organismo radiodifusor de origen, es decir, el que realiza la producción y dispone de la logística en el lugar del evento, instala las cámaras y emite la señal a todo el mundo. Esta señal es explotada económicamente por los diferentes canales y cableoperadoras autorizados, distintos en cada país. También es común que la venta y adjudicación de estas licencias se haga por packs, concediendo así de forma exclusiva, la transmisión de ciertos encuentros a determinados organismos de radiodifusión.
Ahora bien, ¿Qué ordenamiento jurídico protege estas transacciones comerciales?
Según la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, a pesar del poco desarrollo de una normativa jurídica que regule esta actividad, resulta factible la Convención Internacional de Roma sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión . Normativa que impide el uso no autorizado de las radiodifusiones por parte del organismo que las emite, pudiendo así prohibir o restringir su uso, así como emitir licencias para su explotación económica.
Esta situación ha dado a las radiodifusiones de eventos deportivos la categoría de Derechos Conexos a los Derechos de autor , estando sujeta esta calificación jurídica a diversas críticas en la actualidad, puesto que en ordenamientos jurídicos como el español ya se habla de los Derechos audiovisuales como una categoría sustantiva diferente a los Derechos conexos, relacionados con el Derecho de Admisión de los organizadores de eventos deportivos y su explotación patrimonial relacionada con la competencia desleal, estableciendo los requisitos para que organismos de radiodifusión puedan transmitir los eventos.
En el caso de Venezuela, los derechos de transmisión del Mundial de fútbol son ostentados en la actualidad por varios canales de televisión abierta, sin embargo estos derechos de transmisión forman parte del paquete básico que vende la FIFA, pudiendo transmitir a través de esta licencia solo 32 de los 64 encuentros de fútbol, los Derechos de transmisión exclusiva son detentados por una de las operadoras de TV satelital que hacen vida en Venezuela.
La importancia de esta situación jurídica es que no solamente resulta aplicable al fútbol, sino a todo evento deportivo, con la salvedad de las diferencias, otorgando esta protección a las transmisiones de encuentros de Béisbol, Boxeo, Hipismo, Baloncesto y en general, todo evento que resulte atractivo para los espectadores, incluso a través de páginas web autorizadas, incurriendo en piratería aquellos portales que retransmitan sin autorización oficial.

Fuentes:
Los Derechos de Radiodifusión y los medios de comunicación en el Deporte, Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. http://www.wipo.int/ip-sport/es/broadcasting.html
Ventas y Distribución, FIFA, https://es.fifa.com/about-fifa/tv/sales-distribution.html
Convención Internacional de Roma sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión http://www.wipo.int/treaties/es/ip/rome/summary_rome.html
Derechos audiovisuales de una Federación de Fúbtol de los partidos que organiza, Jurisprudencia, Tribunal Supremo, España http://www.poderjudicial.es/search/documento/TS/6810924/Propiedad%20intelectual/20130729Russia.jpg

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